Sello del Estándar Abierto NB-BESS
Documento normativo

Estándar Abierto NB-BESS v1.1

Criterios para la designación de un sistema como NB-BESS — No-Break Battery Energy Storage System.

VERSIÓN 1.1 PUBLICADO 2026-08 ESTATUS: ACTIVO SUSTITUYE: v1.0 MANTIENE: INICIATIVA DEL ESTÁNDAR ABIERTO NB-BESS

Declaración de transparencia — léase primero

Esta es una iniciativa joven, fundada en 2026 por PulseVolt. La conformidad bajo este estándar es por autodeclaración del fabricante respaldada por evidencia documentada. No es una certificación emitida por un organismo acreditado de tercera parte, y la designación NB-BESS no es una marca de certificación.

Lo que este estándar sí exige es certificación de tercero donde ya existe: los criterios N-7 y N-8 solo se cumplen mediante listados emitidos por un laboratorio de pruebas reconocido a nivel nacional u organismo acreditado equivalente. Este estándar agrega requisitos sobre esos listados; nunca los sustituye, ni sustituye los códigos de seguridad, eléctricos, contra incendios e interconexión de la jurisdicción de instalación.

1 · Alcance y propósito

Este documento define los criterios mínimos que un sistema estacionario de almacenamiento de energía debe satisfacer para designarse NB-BESS (No-Break Battery Energy Storage System). Su propósito es proteger el significado de la categoría: un comprador que escribe "NB-BESS" en una especificación debe poder confiar en que cada criterio se cumple, igual que "UPS de doble conversión" o "centro de datos Tier IV" tienen un significado confiable.

La categoría NB-BESS ocupa una intersección que ningún estándar existente cubre por sí solo. Un sistema que cumple los estándares de desempeño y seguridad de UPS no es por ello un sistema de almacenamiento; un sistema que cumple los estándares de almacenamiento no está por ello libre de tiempo de transferencia. Este estándar exige ambos, y agrega los requisitos que ninguna de las dos familias aborda: reserva de protección forzada durante el despacho económico, acoplamiento multi-fuente en corriente directa, y medición de calidad de energía con instrumentación de grado Clase A en el bus de carga.

Este documento se publica bajo licencia abierta y puede ser implementado por cualquier fabricante sin costo. No reproduce el texto de ningún estándar referenciado; los estándares se citan de forma normativa y deben obtenerse de sus editores.

1.1 Términos y definiciones

Ruta crítica de potencia — la ruta eléctrica por la que se sirve la carga protegida en operación normal.
Tiempo de transferencia — cualquier intervalo en el que la carga protegida no es servida por la etapa de conversión del sistema.
Microcorte — pérdida o colapso de la tensión de suministro con duración de milisegundos hasta pocos segundos.
Reserva de protección — la porción de energía almacenada reservada permanentemente para puenteo y respaldo, no disponible para el despacho económico.
Autonomía nominal — el tiempo que el sistema sostiene la carga protegida al 100% de su salida nominal desde energía almacenada, desde el estado de carga de la reserva de protección hasta el estado de carga mínimo permisible.
Bus de carga — el punto de conexión entre la salida del sistema y la carga protegida, y el punto de medición para los criterios N-1, N-2 y N-6.
Declaración de conformidad — la declaración firmada del fabricante, con evidencia de respaldo, de que una familia de sistemas definida cumple los criterios N-1 a N-10.

1.2 Convenciones

Debe denota un requisito obligatorio. Debería denota una recomendación. Puede denota una opción permitida. Un sistema debe cumplir todos los criterios N-1 a N-10 para designarse NB-BESS; no existen designaciones parciales, por niveles ni graduadas.

2 · Referencias normativas

Los siguientes documentos se referencian de forma normativa. Cuando no se indique fecha, aplica la última edición. Estos documentos tienen derechos de autor y deben obtenerse de sus editores; este estándar los cita y no los reproduce.

ReferenciaTemaAplica a
IEC 62040-3UPS — requisitos de desempeño y prueba; clasificación de salida (VFI / VI / VFD)N-1, N-2
IEC 62040-1UPS — requisitos generales y de seguridadN-8
UL 1778Sistemas de energía ininterrumpibleN-8
UL 9540Sistemas y equipos de almacenamiento de energíaN-7
UL 9540AMétodo de prueba de propagación de fuego por fuga térmica en ESSN-7
UL 1973Baterías para aplicaciones estacionariasN-7
IEC 62933 (serie)Sistemas de almacenamiento de energía eléctrica — terminología, parámetros, seguridadN-7
NFPA 855Instalación de sistemas estacionarios de almacenamiento de energíaN-7
IEC 61000-4-30Métodos de medición de calidad de energía — Clase AN-2, N-6
IEC 61000-4-11 / -4-34Inmunidad a huecos de tensión, interrupciones breves y variacionesN-2
IEEE 1159Monitoreo y clasificación de eventos de calidad de energíaN-6
IEEE 519Control de armónicos en sistemas eléctricos de potenciaN-2
SEMI F47Inmunidad a huecos de tensión para equipo de procesamiento de semiconductoresN-2
Curva ITIC (CBEMA)Envolvente de tolerancia de tensión para equipo de tecnología de informaciónN-2
UL 1741 · IEEE 1547Interconexión de recursos energéticos distribuidosN-9
Código eléctrico localNFPA 70 (NEC), NOM-001-SEDE, o el código aplicable de la jurisdicciónN-7

3 · Criterios normativos

Un sistema debe cumplir todos los criterios N-1 a N-10 para designarse NB-BESS.

N-1 Continuidad sin transferencia

La carga protegida debe servirse a través de la etapa de conversión de potencia del sistema en todo momento durante la operación normal. No debe existir interruptor de transferencia, paso de sincronización ni ruta directa fuente-carga en la ruta crítica de potencia. La clasificación de salida debe ser VFI-SS-111 según IEC 62040-3 — independiente de tensión y frecuencia de entrada, con las clases más altas de forma de onda y desempeño dinámico. El tiempo de transferencia en el bus de carga ante cualquier perturbación aguas arriba debe ser de 0 ms, logrado por arquitectura y no por velocidad de conmutación.

Verificación. (a) Revisión del diagrama unifilar confirmando que no existe ruta de ninguna fuente al bus de carga que evada la etapa de conversión durante operación normal; se permite bypass de mantenimiento solo si es de iniciación manual, enclavado externamente y fuera de la operación normal. (b) Clasificación de salida IEC 62040-3 declarada y evidenciada. (c) Pruebas de inmunidad según IEC 61000-4-11 / -4-34, o registros de eventos reales de una instalación en operación, mostrando ninguna desviación en el bus de carga fuera de la envolvente de N-2. (d) Resolución de medición de al menos una muestra por medio ciclo en el bus de carga durante la prueba.

N-2 Acondicionamiento continuo de energía

El sistema debe aislar la carga protegida de huecos de tensión, sobretensiones, transitorios, distorsión armónica, desviación de frecuencia y microcortes de forma continua, no solo al detectar un apagón declarado. La salida en el bus de carga debe permanecer dentro de la envolvente de tolerancia ITIC (CBEMA), y debe satisfacer la inmunidad SEMI F47 cuando la carga protegida incluya equipo de procesamiento de semiconductores o de precisión equivalente. La distorsión armónica total de tensión de salida no debe exceder 5% THD al 100% de carga lineal nominal, en congruencia con la práctica de IEEE 519.

Verificación. (a) Medición de calidad de energía en el bus de carga con instrumentación conforme a IEC 61000-4-30 Clase A, registrada durante perturbaciones representativas aguas arriba. (b) Comparación de la envolvente registrada contra ITIC y, cuando aplique, SEMI F47. (c) Medición de THD a carga nominal. (d) Cuando se use evidencia de campo en lugar de prueba de laboratorio, los registros deben cubrir un mínimo de 30 días consecutivos de operación e incluir al menos un evento clasificado aguas arriba.

N-3 Escala industrial

El sistema debe estar diseñado, especificado y ser mantenible para líneas de producción completas o instalaciones enteras. La salida nominal continua no debe ser menor a 500 kW, y la arquitectura debe ser escalable a cargas continuas clase MW. Cuando un fabricante ofrezca una familia de producto, el piso de 500 kW aplica a la capacidad nominal de la familia escalable, no a la capacidad de una unidad individual entregada.

Verificación. (a) Valores de placa y datos publicados de la familia de producto. (b) Documentación de diseño térmico y de servicio continuo a salida nominal. (c) Al menos una instalación de referencia, o una prueba de tipo, en o por encima del piso de 500 kW.

N-4 Puenteo y respaldo

El sistema debe (a) superar eventos de corta duración sin interrupción alguna en el bus de carga, y (b) sostener la carga protegida desde energía almacenada durante su autonomía nominal declarada. La autonomía nominal no debe ser menor a 5 minutos al 100% de carga nominal, medida desde el estado de carga de la reserva de protección, y el valor declarado real debe consignarse en la declaración de conformidad. La arquitectura debe admitir extensión con generación en sitio para apagones prolongados sin introducir un evento de transferencia en el bus de carga.

Verificación. (a) Prueba de descarga de autonomía al 100% de carga nominal desde el estado de carga de la reserva hasta el estado mínimo permisible, con el tiempo medido registrado. (b) Cuando se ofrezca extensión con generador, esquema de integración documentado más demostración de que el arranque, sincronización y toma de carga del generador no producen perturbación en el bus de carga fuera de la envolvente de N-2.

N-5 Operación económica con reserva de protección forzada

El sistema debe ser capaz de optimización energética — como mínimo peak shaving o gestión de carga por tarifa — manteniendo permanentemente la reserva de protección. El sistema de gestión de energía debe hacer cumplir la reserva como un piso duro: ningún despacho económico, programa de optimización, comando remoto o acción del operador debe poder descargar la energía almacenada por debajo de la reserva requerida para entregar la autonomía nominal. El valor de la reserva debe declararse y debe ser visible para el propietario del sistema en tiempo real.

Verificación. (a) Documentación del sistema de gestión de energía describiendo el mecanismo de reserva forzada y el nivel en que está implementado. (b) Prueba funcional en la que se emite un comando de despacho económico que violaría la reserva y se demuestra que es rechazado o limitado. (c) Registros operativos de una instalación mostrando actividad de optimización y mantenimiento de reserva simultáneos durante no menos de 30 días. Este criterio no está cubierto por ningún estándar referenciado y es específico de la categoría NB-BESS.

N-6 Disponibilidad medible y registro de calidad de energía

El sistema debe medir y registrar de forma continua las condiciones de suministro aguas arriba y el desempeño del bus de carga con instrumentación conforme a IEC 61000-4-30 Clase A. Los eventos deben clasificarse conforme a IEEE 1159 y registrarse con marcas de tiempo sincronizadas. Los registros deben conservarse por no menos de 12 meses, deben ser exportables por el propietario del sistema en formato no propietario, y deben ser suficientes para demostrar, tras cualquier perturbación aguas arriba, si la carga protegida fue afectada.

Verificación. (a) Especificación del instrumento y evidencia de conformidad IEC 61000-4-30 Clase A de la cadena de medición. (b) Reporte de evento de muestra de un sistema en operación mostrando un evento aguas arriba, su clasificación IEEE 1159, y el registro correspondiente del bus de carga. (c) Demostración de exportación y del periodo de retención.

N-7 Certificación de seguridad de almacenamiento

La porción de almacenamiento de energía del sistema debe estar listada bajo UL 9540 (o evaluada bajo IEC 62933 donde ese marco rija), respaldada por datos de prueba UL 9540A de propagación de fuego por fuga térmica a nivel celda, módulo y unidad según aplique, con componentes de batería evaluados bajo UL 1973. La instalación debe conformarse a NFPA 855 y a los códigos eléctrico, contra incendios y de construcción de la jurisdicción de instalación (NFPA 70 / NEC, NOM-001-SEDE, o equivalente local).

Verificación. (a) Certificado y número de listado de un laboratorio de pruebas reconocido a nivel nacional u organismo acreditado equivalente. (b) Reportes de prueba UL 9540A en los niveles aplicables. (c) Documentación de conformidad a nivel instalación para la jurisdicción, incluyendo aceptación de la autoridad competente donde se requiera.

N-8 Certificación de seguridad de conversión

La etapa de conversión de potencia debe estar certificada bajo UL 1778 y/o IEC 62040-1 según aplique al mercado de instalación, y debe portar la clasificación de salida IEC 62040-3 declarada bajo N-1.

Verificación. (a) Certificado de listado o certificado de conformidad de un organismo acreditado. (b) Declaración de clasificación congruente con la evidencia presentada bajo N-1.

N-9 Acoplamiento multi-fuente en corriente directa

El sistema debe aceptar no menos de dos fuentes de entrada independientes — por ejemplo suministro de red, generación en sitio, y generación fotovoltaica u otra renovable — acopladas de modo que la carga protegida siga siendo servida a través de la etapa de conversión en todo momento. La conexión, desconexión, falla o transición de cualquier fuente de entrada no debe producir perturbación alguna en el bus de carga fuera de la envolvente de N-2, y no debe constituir un evento de transferencia bajo N-1. Cuando el sistema sea capaz de exportar a la red, la interconexión debe cumplir UL 1741 e IEEE 1547 o el equivalente local.

Verificación. (a) Diagrama unifilar mostrando la topología de acoplamiento de fuentes y el punto de acoplamiento común. (b) Prueba de transición de fuentes: con la carga a no menos del 50% de la salida nominal, retirar y restaurar cada fuente de entrada por turno mientras se registra el bus de carga con resolución IEC 61000-4-30 Clase A; no se permite excursión fuera de la envolvente de N-2. (c) Certificación de interconexión cuando se ofrezca capacidad de exportación. Este criterio no está cubierto por ningún estándar referenciado y es específico de la categoría NB-BESS.

N-10 Supervisión, alarmas e integración

El sistema debe proveer supervisión continua con alarmas clasificadas — como mínimo: informativa, advertencia y crítica — que cubran el estado de la etapa de conversión, el estado de carga y de salud del almacenamiento, el estado de la reserva de protección, la condición térmica, y la calidad del suministro aguas arriba. Las alarmas deben anunciarse localmente y deben ser capaces de notificación remota. El sistema debe exponer datos de monitoreo mediante al menos un protocolo industrial abierto (por ejemplo Modbus TCP, SNMP, BACnet/IP o IEC 61850) para poder integrarse al SCADA, BMS o sistema de mantenimiento existente del propietario sin una pasarela propietaria.

Verificación. (a) Registro de alarmas con clasificación, condiciones de disparo y rutas de anunciación. (b) Lista de puntos del protocolo y documentación de integración. (c) Demostración de notificación remota y de una lectura exitosa por un cliente de tercera parte.

3.11 Anexo A — Métodos de prueba y verificación A-1.0 · PDF

Los párrafos de verificación anteriores indican qué debe demostrarse. El Anexo A especifica cómo: aparato, puntos de medición, procedimientos paso a paso, criterios de aceptación y registros a conservar, para cada uno de TM-1 a TM-10, más el índice de evidencia y el formato de declaración de conformidad.

Descargar el Anexo A (PDF, 21 pp.) ↓

4 · Conformidad y uso de la designación

La conformidad es por autodeclaración del fabricante respaldada por evidencia documentada, revisada y publicada por la iniciativa. No es certificación de tercera parte, y el expediente de evidencia es lo que da peso a la declaración.

PASO 1

Evaluación

El fabricante reúne la evidencia listada bajo cada criterio N-1 … N-10 para una familia de sistemas definida, incluyendo certificados de listado para N-7 y N-8.

PASO 2

Declaración

El fabricante presenta una declaración de conformidad firmada con el índice de evidencia y los valores declarados de autonomía nominal, reserva de protección y salida nominal.

PASO 3

Publicación

Al ser aceptada, la familia se publica en el registro público con sus valores declarados y la versión del estándar, y el fabricante puede usar la designación "NB-BESS v1.1 — conformidad declarada".

4.1 Uso de la designación

La designación debe expresarse siempre con su versión de estándar y con las palabras "conformidad declarada". No debe presentarse como certificación, aprobación, ni marca emitida por un organismo acreditado de certificación. Los valores declarados (salida nominal, autonomía nominal, reserva de protección) deben reproducirse con exactitud dondequiera que la designación se use comercialmente.

4.2 Disposición transitoria

Los criterios N-7 y N-8 requieren listados que toman tiempo en obtenerse. Las declaraciones presentadas antes del 1 de enero de 2028 pueden citar listados formalmente en proceso, siempre que se revelen el laboratorio y el número de expediente y la entrada en el registro se marque en consecuencia. A partir de esa fecha, se requieren listados completos para cualquier declaración nueva o renovada.

4.3 Registro de sistemas declarados

PulseVolt — fabricante fundador. Familia de sistemas NB-BESS, conformidad declarada a v1.1. Sistemas clase MW en servicio industrial continuo.

El registro es corto porque la iniciativa es nueva. Se invita a cualquier fabricante cuyos sistemas cumplan N-1 … N-10 a presentar una declaración sin costo — contacte a la iniciativa.

5 · Gobernanza y versiones

La iniciativa del Estándar Abierto NB-BESS fue fundada en 2026 por PulseVolt, creador de la tecnología y la categoría NB-BESS™. El texto del estándar se publica abiertamente y puede ser implementado por cualquier fabricante sin costo. PulseVolt administra el estándar y el registro durante la fase fundacional; cuando tres o más fabricantes independientes cuenten con declaraciones aceptadas, el mantenimiento pasa a un comité técnico con un asiento por fabricante declarado, y el administrador fundador no conserva veto.

Las revisiones siguen versionamiento semántico. Los cambios sustantivos a criterios normativos incrementan la versión mayor y se anuncian con periodo de transición. Las adiciones de referencias o aclaraciones incrementan la versión menor. Versión vigente: 1.1 (agosto 2026), que sustituye a la v1.0 — que contenía la misma arquitectura pero carecía de umbrales cuantificados y referencias normativas.

Sello del Estándar Abierto NB-BESS

Diseñe contra el estándar

Fabricantes, integradores y especificadores están invitados a usar estos criterios en diseños, RFQs y documentos de compra. Un bloque de especificación neutral, listo para pegar en una licitación, está publicado en nb-bess.com/es/rfq.

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NB-BESS™ es una marca de PulseVolt. El texto del estándar se publica bajo licencia abierta. Los estándares referenciados son propiedad de sus editores y se citan, no se reproducen.